Autorizan prórroga para uso de adhesivos con advertencias publicitarias en productos importados

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El periodo se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022.

Mediante el Decreto Supremo N° 005-2022-SA, el gobierno amplió el plazo que permite a los productos importados el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias dispuestas en el “Manual de Advertencias Publicitarias, aprobada por Decreto Supremo 012-2018-SA, hasta el 31 de diciembre del 2022.

El Manual establece las especificaciones técnicas para consignar las advertencias publicitarias en alimentos procesados dentro del marco de lo dispuesto en la Ley 30021, Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes.

Asimismo, el Decreto Supremo N° 005-2022-SA extiende hasta el 31 de diciembre de 2022 el plazo a las micro y pequeñas empresas para que puedan hacer uso de adhesivos con las advertencias publicitarias dispuestas en el citado Manual.

Cabe señalar que la citada norma establece que “el uso temporal de adhesivos para el caso de los productos importados, así como para los productos elaborados por las micro y pequeñas empresas, contribuye a que se siga cumpliendo con la regulación vigente, en la medida que brinden información clara, legible, destacada y comprensible sobre las advertencias publicitarias.”.

“Esta ampliación de plazo permitirá que los alimentos importados puedan continuar ingresando y comercializándose utilizando adhesivos para las advertencias publicitarias, contribuyendo a alcanzar el objeto legítimo de brindar información de acuerdo con la Ley de Promoción de Alimentación Saludable, sin que ello se constituya en una restricción innecesaria al comercio y genere sobrecostos que perjudiquen a los consumidores finales”, manifestó el ministro de Mincetur, Roberto Sánchez. 

Informe del cumplimiento

El Decreto Supremo señala también que, en el plazo máximo de seis meses, el Ministerio de Salud, con participación de los diversos sectores y entidades públicas (entre ellas el Mincetur), emitirá un informe sobre la evolución del cumplimiento del uso del rotulado en forma indeleble en la etiqueta con las advertencias publicitarias que correspondan. 

La norma legal se publicó en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano con las firmas del Presidente de la República, Pedro Castillo; el titular de la PCM; y los ministros de Comercio Exterior, Midagri, Midis, Economía, Educación, Producción y Salud.

Fuente: Mincetur